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REGLAMENTO DE VOLUNTARIOS

CENTRO DE MEDITACIÓN KADAMPA COLOMBIA

 

El presente documento regula los voluntariados realizados dentro de la DENOMINACIÓN RELIGIOSA CENTRO DE MEDITACIÓN KADAMPA COLOMBIA (en adelante “CMKC”), entidad religiosa con personería jurídica especial concedida mediante resolución 0698 del 21 de mayo de 2021 e inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas, identificada con NIT. 901.500.659-7.

Este reglamento es de obligatorio cumplimiento para quien participe en calidad de voluntario en actividades del CMKC (en adelante el “Voluntario”). En todo caso, el CMKC se reserva el derecho de actualizar o modificar el reglamento en cualquier momento sin previo aviso, y si bien es posible que el CMKC informe a sus usuarios de dichas modificaciones, recomendamos que se revise este reglamento de manera física en las instalaciones del CMKC o en la página de internet, siempre que se participe como voluntario.

1. ¿QUÉ SIGNIFICA SER VOLUNTARIO?

El voluntario es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, para el fortalecimiento y crecimiento del CMKC.

2. NATURALEZA DEL VOLUNTARIADO

El CMKC surgió de la visión e intención pura del Venerable Gueshe Kelsang Gyatso Kimpoché para que todos puedan aprender a ser felices y solucionar sus problemas desde el interior. Por ello, ofrecer tiempo como voluntario es la forma de poner en práctica las enseñanzas budistas.

De igual forma es la manera de contribuir al desarrollo del CMKC, manteniendo el centro como una comunidad pura, pacífica y armoniosa. También es una forma de dar ejemplo y transformar la sociedad en que la vivimos promoviendo la paz interior.

3. EDAD MÍNIMA PARA REALIZAR VOLUNTARIADO:

Para el CMKC es importante desarrollar un espacio de trabajo voluntario que permita la mayor participación posible. Así mismo la edad mínima para realizar el voluntariado será de 18 años. No obstante, el CMKC reconoce que los menores de edad tienen mucho que aportar al ejercicio del voluntariado. Por ende, también se recibirán como Voluntarios a menores de edad siempre y cuando estén acompañados por sus padres, representantes legales o tengan una autorización de los mismos que demuestre que pueden ser parte de las actividades voluntarias.

4. CRITERIOS PARA EL VOLUNTARIADO:

El CMKC reconoce que, por más que la disposición del Voluntario sea incondicional, cada Voluntario ofrecerá tiempo, trabajo y talento por un máximo de seis (6) horas al día, o un máximo de treinta y seis (36) horas a la semana. El voluntario deberá aportar información de contacto, y datos de emergencia para que el centro tenga la información disponible en caso de que se requiera.

5. SEGURIDAD Y SALUD EN EL CMKC:

El CMKC hará lo posible por asegurarse que los voluntarios tengan una experiencia de voluntariado segura y agradable. Por su parte, se espera que los voluntarios sigan las recomendaciones de seguridad y salud laboral que se les comparte. De esta manera, adoptarán formas de actuar que reducen posibles riesgos para ellos y para los demás.

6. COMPORTAMIENTOS INDEBIDOS:

Nuestro propósito es que podamos ofrecer un espacio armonioso, seguro, y beneficioso para los voluntarios y la comunidad en general. Por lo tanto, se entiende que lo siguientes comportamientos interfieren con la realización regular de las actividades y la misión del CMKC, y por ende se solicita sean evitados para poder llevar a cabo óptimamente el servicio de voluntariado:

a) No cumplir con las actividades a las que voluntariamente se comprometió.

b) Promover espacios y situaciones de conflicto.

c) Desconocer los fines y principios del CMKC

d) No entregar la información de contacto y emergencia o aportar datos engañosos o falsos.

e) Grabar, tomar fotos o distribuir archivos en formato visual o auditivo del CMKC sin la debida autorización.

f) Hacer uso inadecuado de las instalaciones, materiales de trabajo y recursos del CMKC.

d) Está prohibido tomar bebidas alcohólicas, o consumir sustancias psicoactivas, así como realizar las actividades de voluntariado en estado no apto para su realización, tales como en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas.

7. LEY APLICABLE:

El presente reglamento se regirá íntegramente por la normatividad colombiana aplicable.

8. VIGENCIA:

El presente reglamento rige a partir de su publicación.

9. ACTUALIZACIONES:

 Versión 3 del 9 de abril de dos mil veinticuatro (2024)

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Calle 65 #7-52
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info@meditacionencolombia.org
+57 300 532 3314

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